FINFASA Editorial Régimen de Plataformas Digitales ¿Qué es y Cómo se Declara?

Régimen de Plataformas Digitales ¿Qué es y Cómo se Declara?

| | 0 comentarios| 11:17 am

El Régimen Fiscal de Plataformas Digitales en México es un esquema fiscal vigente desde junio de 2020, que regula cómo tributan quienes obtienen ingresos mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares. Afecta tanto a quienes venden productos, como a quienes prestan servicios o rentan bienes, etc. Aquí te explicamos qué es, quiénes están obligados, qué impuestos aplica, cómo declararse y cuáles son los pasos para cumplir con tus obligaciones.


¿Qué es el Régimen de Plataformas Digitales?

  • Es una disposición especial incorporada a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y al Código Fiscal de la Federación. Fue parte de las reformas fiscales publicadas en diciembre de 2019, y entró en vigor el 1 de junio de 2020.
  • Busca que quienes obtienen ingresos por vías digitales (por ejemplo, Uber, Airbnb, Mercado Libre, Rappi, etc.), haciendo uso de plataformas tecnológicas como intermediarias o no, cumplan con obligaciones fiscales de ISR, IVA, información al SAT, y que las plataformas mismas hagan retenciones cuando aplique.

¿Quiénes están obligados?

Se aplica principalmente a:

  1. Personas físicas que enajenan bienes, prestan servicios o otorgan el uso o goce temporal de bienes mediante plataformas digitales, aplicaciones informáticas o similares.
  2. Las plataformas tecnológicas que actúen como intermediarias entre prestadores/vendedores y los clientes finales, tanto nacionales como extranjeras (estas últimas sin establecimiento permanente).
  3. Personas morales, extranjeros con establecimiento permanente dependiendo del caso, tienen obligaciones relativas al IVA u obligaciones informativas.

¿Qué impuestos están involucrados?

Los principales son:

  • ISR (Impuesto Sobre la Renta): sobre los ingresos que obtenga la persona física por esas actividades. Se puede calcular de distintas maneras dependiendo si la plataforma realiza retenciones, si la persona opta porque sean definitivas, si hay ingresos adicionales, etc.
  • IVA (Impuesto al Valor Agregado):
    • Las plataformas extranjeras que prestan servicios digitales directamente a usuarios mexicanos deben cobrar el IVA correspondiente.
    • En los casos de intermediación, la plataforma puede retener una parte del IVA (normalmente el 50% de la tasa normal, lo que equivale al 8% cuando la tasa normal es de 16%), si se cumplen ciertos requisitos.
  • Obligaciones informativas al SAT, para que la autoridad tenga registro de quiénes están participando mediante plataformas, los ingresos que reciben, etc.

¿Cómo se declaran esos ingresos / qué obligaciones tiene quien participa?

Aquí te va un resumen paso a paso:

PasoQué hacer / requisitoDetalles
1Inscribirse en el RFCCualquier persona física que venda o de servicio por plataformas debe estar inscrito ante el SAT, tener RFC activo.
2Aviso de opciónSi quieres que las retenciones que haga la plataforma sean consideradas como pagos definitivos, debes presentar un aviso ante el SAT dentro de los 30 días siguientes al primer ingreso que obtenidas por el régimen.
3Recopilar comprobantes fiscales (CFDI)Las plataformas te deben dar CFDIs de lo que te pagan, indicando el monto de ingresos y el de las retenciones. Además, si haces ventas fuera de la plataforma o cobras directamente, también deberás emitir CFDIs correspondientes.
4Declaraciones mensuales o provisionalesDepende si no elegiste que las retenciones sean definitivas, o si tienes otros ingresos, etc. Se presentan declaraciones para ISR y IVA, normalmente antes del día 17 del mes siguiente.
5Declaración informativa mensualLas plataformas que hacen intermediación tienen que presentar una declaración informativa al SAT con los datos de los usuarios que enajenan bienes/prestan servicios, etc.
6Declaración anual de ISRDependiendo de la situación, al cierre del ejercicio fiscal anual hay que presentar declaración anual si no todo ya se cubrió por pagos definitivos u otras figuras.

Facilidades y tasas especiales

Existen ciertos beneficios o tasas reducidas siempre que se cumplan requisitos:

  • Si tus ingresos anuales por plataformas digitales no exceden los 300,000 pesos y no tienes otros ingresos distintos a aquellos permitidos (sueldos o intereses, por ejemplo), puedes optar porque la retención de ISR e IVA que haga la plataforma sea considerada definitiva. Bajo ese esquema, ¡ya no presentas declaraciones mensuales de esos impuestos para esos ingresos!
  • Para el IVA, si la plataforma hace la intermediación y cobra la contraprestación, puede retener el 50 % de la tasa normal de IVA (es decir una tasa efectiva de retención del 8 %). Pero si no se proporciona información requerida, puede retener la tasa completa (16 %).

Tasas de Retención

Las plataformas digitales aplican las siguientes tasas de retención de manera mensual sobre los ingresos generados, antes de IVA:

ActividadRetención de ISRRetención de IVA
Prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes2.1%8% (50% del IVA)
Prestación de servicios de hospedaje4.0%8% (50% del IVA)
Enajenación de bienes y prestación de servicios1.0%8% (50% del IVA)

Es importante comentar que, aunque la plataforma retenga el 50% del IVA, el contribuyente sigue siendo responsable de declarar el 100% del IVA causado, pudiendo acreditar el monto retenido.

Recientemente, una reforma laboral reconoció a quienes prestan servicios a través de estas plataformas como trabajadores subordinados con derechos laborales. Sin embargo, el SAT y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) han aclarado que, para fines fiscales, estas personas deben seguir tributando como personas físicas con actividad empresarial bajo este régimen, sin cambios en el ISR ni en el IVA.


Consecuencias de no cumplir

  • Si no estás dado de alta en el RFC y prestas servicios mediante plataformas digitales o vendes bienes así, la plataforma debe retener ISR con una tasa mayor (por ejemplo 20 %).
  • Pérdida de beneficios (no poder optar al pago definitivo, tasas reducidas, etc.).
  • Posibles multas, recargos y sanciones por incumplimiento de obligaciones informativas o declaraciones omitidas.

En FINFASA estamos listos para ayudarte a evaluar tu situación fiscal, optimizar tus declaraciones y aprovechar los beneficios del Régimen de Plataformas Digitales. Contáctanos y con gusto te orientamos para que cumplas correctamente y sin complicaciones ante el SAT tus obligaciones fiscales.

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